SOLUCIÓN:: Empresas de nueva creación


Buenas tardes,

Mi pregunta es la siguiente:

En referencia a la empresa XXXXXX , la cual realizó un curso con nosotros en Enero de 2008.

Esta empresa se dió de alta en 2007, pero no cotizó por formación y ni tenia trabajadores en régimen general ¿podria bonificarse alguna cantidad? ¿Tendría que darle de alta en la plataforma e incluirla en el ?

¿Cuando considero que una empresa es de nueva creación (a efectos de darle de alta en la plataforma)?

Muchas gracias.


Buenos días Mª Jesús,

Respondo a la pregunta en dos partes:

* El crédito de formación de una empresa en 2008 es el relativo al dinero cotizado en 2007 en concepto de formación. Sin embargo, todas las empresas tienen un mínimo de 420€ siempre que tengan al menos un trabajador.

* La aplicación de FORCEM considera empresas de nueva creación las creadas en 2007 y 2008.

Espero haberte ayudado

Juanjo

Asesor Técnico de AENOA.

SOLUCIÓN:: Cálculo de Costes


Somos una entidad organizadora de formación bonificada y mi problema es que una de nuestras empresas, a la que le gestionamos la bonificación, va a realizar un master de 150 horas que le cuesta 3.700 €. Tienen crédito suficiente, pero al ser el coste máximo bonificable por hora 14,30 €, lo máximo que podrían justificar serían 2.145€. Mi pregunta es saber si existe la posibilidad de poder bonificar el importe íntegro de la formación.


Un saludo


Estimado Compañero,

El límite para bonificar está determinado por dos valores: el Crédito Máximo que dispone la empresa (saldo real que marca la Fundación Tripartita) y el Coste Máximo Bonificable de esa Acción Formativa en concreto.

Es el menor de los dos valores es el que marca el máximo que la empresa puede bonificar.

En este caso:
Crédito Máximo =
3.700 €
Coste Máximo Bonificable = 14,3 € x 150 horas x 1 alumno = 2.145 € (según el módulo económico de una plantilla de entre 10 y 49 trabajadores)

Como hemos dicho, es el menor de estos dos valores el que determina el importe máximo que puede bonificarse: 2.145€


Jose Luis Salguero
Director de AENOA


SOLUCIÓN:: Ley de Protección de Datos


"Nuestra empresa es entidad organizadora y gestionamos los cursos de nuestros clientes. Como nosotros custodiamos toda la documentación y en ella aparecen datos personales ¿debemos tener algún tipo de protección de datos? Conocemos la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter personal pero creemos que el volumen de datos que manejamos no es muy grande o en cualquier caso no aparecen domicilios o cuentas bancarias de los participantes en la formación. ¿Saben si las entidades organizadoras debemos hacer algo con respecto a este tema?"


Estimado compañero:

Todas las Entidades Organizadoras deben cumplir con la normativa vigente, para ello, los cuatro pasos son:
- Dar de alta el fichero en la agencia de protección de datos
- Elaborar un documento de seguridad, incluyendo dicho fichero
- Informar a los usuarios de que sus datos se encuentran en el citado fichero, dándoles la posibilidad de consultar, modificar y dar de bajas sus datos (obviamente su uso, no la custodia de la documentación, que tenéis que mantenerla).

Os recomendamos que en las fichas de inscripción debéis poner la típica coletilla haciendo referencia a la Ley.

Atentamente:

Sergio Oliva
Asesor Técnico de AENOA

SOLUCIÓN:: ¿Cómo se validan las plantillas medias de las Empresas?

"Cuando estamos cumplimentando los datos de una empresa bonificada, en el apartado de la plantilla media del año anterior aparece al lado en rojo pendiente de validar, ¿quién valida eso, la propia aplicación o lo debemos hacer nosotros con los datos que nos facilita la empresa?."

No, lo hace la Fundación Tripartita cuando la Seguridad Social vuelca los datos de la cotización de las Empresas.

Saludos

Sergio Oliva

SOLUCIÓN:: Usuarios de la Aplicación


"Estimados Sres,


Por medio de la presente nos comunicamos con ustedes para disipar una serie de dudas que nos han surgido a la hora de acceder a la aplicación de la Fundación Tripartita."

1. Cuando el administrador da de alta a una persona como usuario para que pueda tener acceso a la aplicación, ¿este usuario debe tener una firma digital de persona física? y si es así, ¿debe estar instalada en el mismo ordenador que la firma digital del administrador?.

Si, es imprescindible que esta persona tenga certificado digital de persona física y que ésta se encuentre instalada en su ordenador desde el que va a acceder a la aplicación, no siendo necesario que esté en el ordenador del administrador.

Cuando este usuario accede a la aplicación y selecciona su certificad digital le aparecerá en la ventana de accedo rrelleno sólo el campo del NIF, teniendo que escribir el CIF de la entidad organizadora y la clave de acceso.

2. En el momento de darle de alta a un usuario, existe un apartado en donde se pregunta si es externo o interno, desconocemos a qué hace referencia, ¿puede ser que se trate de un trabajador de la empresa organizadora o si es externo a la misma?

Efectivamente. Esto nos permite que si por ejemplo, estamos como Entidad Organizadora gestionando la formación de una determinada empresa que quiere supervisar lo que hacemos mediante su personal propio, daríamos de alta un usuario externo que pueda acceder a la aplicación.


Saludos

Sergio Oliva

SOLUCIÓN :: custodia documentación


A continuación os mostramos una de las preguntas recibidas que nos ha parecido más interesante:


"Buenos días,

En relación al nuevo impreso de cuestionario de evaluación de formación continua, podrían decirme quien debe guardarlos después de cubiertos:¿La empresa que realiza el curso o la entidad organizadora de los cursos?
En espera de sus noticias y agradeciendo de antemano la consulta, reciban un cordial saludo

Estimado Enrique, la FTE y los que han desarrollado la normativa no tienen claro el concepto de "entidad organizadora", por ello indican que los cuestionarios estén en la empresa que ha recibido la formación.

Nuestra opinión es que toda la documentación original esté en la Entidad Organizadora, excepto la factura, que entregamos a la empresa por los servicios de formación en todo caso. Si quierees puedes entregar a la empresa una fotocopia de aquello que estime oportuno (hoja de adhesión, cuestionario de evaluación, ...)

Saludos

Jose Luis Salguero

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